En Profundidad:

Dia Internacional
de la Mujer Trabajadora[...]

29 de febrero de 2012.
Jornada de acción europea[...]

El trabajo decente no es un privilegio[...]

Defendamos el empleo y el Estado del Bienestar
[...]

Carta de Ginebra: por unos servicios públicos de calidad
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Una delegación de UGT participa en la Euromanifestación de Luxemburgo
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Empleo con derechos, contra los recortes sociales
[...]

Manifiesto dia internacional de la salud y la seguridad en el trabajo
[...]

Día Internacional de la Mujer Trabajadora
[...]

Jubilación mas flexible Sistema Público más seguro
[...]

Acuerdo Social y Economico
[...]

Empleo estable y con derechos
[...]

Ayer, 21 de septiembre, se celebró la reunión entre el CGE (Comité General de Empresa) y la Dirección de Renfe Operadora con el fin de obtener respuesta por parte de la Dirección de Renfe Operadora a los puntos consensuados el 18 de julio por las organizaciones sindicales referidas al proceso de segregación comercial de Renfe Mercancías.
En esta reunión ya se han concretado las respuestas que de forma genérica ofreció Renfe y que son las garantías adicionales a las puramente legales que mantendrán, a nivel individual, los 84 trabajadores y trabajadoras afectados por esta segregación de la actividad comercial. Además, servirá para que se mantenga por parte de Renfe Operadora la prestación de los servicios a estas empresas. Son destacables los siguientes puntos del acuerdo:
- Implantación de un único convenio colectivo para Renfe-Operadora, IRION Renfe Mercancías, MULTI Renfe Mercancías, CONTREN Renfe Mercancías y PECOVASA.
- Garantías de retorno a Renfe-Operadora de los trabajadores segregados.
- Información contractual y declaración de intenciones en cuanto a la prestación de servicios por parte de Renfe-Operadora en lo referente al mantenimiento, tracción y administración y gestión.
- Garantía de mantenimiento de todos los derechos y beneficios sociales recogidos en Convenio a los trabajadores afectados.
- Creación de una comisión de seguimiento conformada por el CGE y la Dirección de la empresa para constatar las garantías contenidas en el documento acordado.